Mazatlán, Sinaloa

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA SER CONSEJERO CIUDADANO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN DE MAZATLÁN SINALOA “IMPLAN”

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA SER CONSEJERO CIUDADANO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN DE MAZATLÁN SINALOA “IMPLAN”
El Instituto Municipal de Planeación de Mazatlán Sinaloa “IMPLAN” con fundamento en los artículos 19, 20, 21 Y 22 del Reglamento del Instituto Municipal de Planeación, validada por el Consejo Directivo tiene a bien:
CONVOCAR
A miembros representativos de la sociedad, organismos intermedios, instituciones educativas de nivel superior, colegios de profesionistas, cámaras de la industria y del comercio, centros de investigación afines, asociaciones, organismos locales y a todo organismo no gubernamental o persona física que esté interesada en participar en la planeación integral del Municipio, para que presenten sus propuestas de candidatos ciudadanos en el proceso de elección de consejeros ciudadanos que conformarán el Consejo Directivo del IMPLAN, de conformidad a las siguientes:
BASES Y REQUISITOS
1
Los postulantes a ocupar el cargo de Consejero Ciudadano, deberán reunir y acreditar los requisitos establecidos en el artículo 19 del Reglamento del IMPLAN, consistentes en:
I. La residencia efectiva y comprobable, por más de 2 años en el municipio;
II. Contar con trayectoria comprobada de amplia participación en organismos
ciudadanos y gremiales;
III. Acreditar sus conocimientos en materia de planeación, desarrollo urbano,
ordenamiento territorial y medio ambiente, en actividades inherentes a estás.
Observar una conducta de reconocida probidad;
Ser reconocido por su discreción y su capacidad de análisis, decisión e innovación;
Preferentemente, haber participado en algún proyecto de desarrollo social o comunitario;
Tener criterio definido y sustentado sobre la situación del Municipio de Mazatlán y sus perspectivas de desarrollo;
IV. V.
VI.
VII.
Radicar en el Municipio de Mazatlán al momento de su nombramiento; y 1
VIII.
IX. No ser servidor público del Gobierno Municipal.

2 Además, de conformidad al artículo 20 del Reglamento del IMPLAN se deberá observar lo siguiente:
En ningún caso podrán ser Consejeros Ciudadanos:
I. Los cónyuges y las personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil con cualesquiera de los miembros del Consejo, Director o del personal que labore en el Instituto;
II. Las personas que tengan litigios pendientes con el Gobierno Municipal de Mazatlán;
III. Las personas sentenciadas por la comisión de un delito, salvo que se trate de delito culposo, y las inhabilitadas o suspendidas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, en los términos de la legislación aplicable;
IV. Quienes ocupen cargos directivos, cualquiera que sea su denominación, en alguna agrupación o partido político y/o religioso; ó
V. Las personas que por disposición de la ley estén impedidas
3 Las y los postulantes deberán presentar los requisitos siguientes:
Las propuestas deberán ser presentadas de manera individual, en sobre cerrado el cual indicará por fuera el nombre del organismo ciudadano que la presenta, mismos que podrán presentar uno o más candidatos. El sobre deberá contener lo siguiente:
II. Escrito en hoja membretada, firmado por el titular del organismo ciudadano o persona física interesada dirigido a la Dra. Leticia Alvarado Fuentes, en su carácter de Secretaria Técnica del Consejo Directivo y Directora General del Instituto Municipal de Planeación, el cual contendrá el nombre del candidato propuesto y los motivos por los que consideran que debería ser Consejero Ciudadano del Consejo Directivo del IMPLAN.
III. Currículum del candidato propuesto.
IV. Copia simple de Identificación Oficial con fotografía del candidato;
V. Carta compromiso firmada por el candidato que se propone.
VI. Acreditar contar con experiencia en las áreas de planeación y desarrollo urbano y /o
en actividades inherentes al tema. Este requisito será cubierto con el curriculum
vitae.
VII. Acreditar la residencia en el Municipio de Mazatlán con un mínimo de 2 años, a
través de una manifestación por escrito bajo protesta de decir verdad, con la firma
autógrafa del candidato propuesto.
VIII. Manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad que no ha ejercido cargo público
I.
durante los últimos 3 años.
2

LUGAR Y FECHA PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y
PROCESO DE SELECCIÓN
I. La recepción de las propuestas y de la documentación que la sustenten, deberán ser presentadas en las instalaciones que ocupan las oficinas del Instituto Municipal de Planeación de Mazatlán, ubicadas en calle Venustiano Carranza #7, Col. Centro, C.P. 82000, Mazatlán, Sinaloa, de manera física y/o digital al correo vinculacion@implanmazatlan.mx , a partir de la emisión de la presente hasta el día 10 de abril del 2023 en un horario de 08:00 a 15:00 horas.
II. Una vez que se realice el cierre de recepción de propuestas, estas serán turnadas al Pleno del Consejo Directivo para que en sesión ordinaria con fecha 18 de abril del 2023 se den a conocer los expedientes y sus contenidos, a fin de que los integrantes del consejo seleccionen los que a su juicio reúnen los requisitos. Cualquier propuesta presentada fuera de tiempo y/o forma será automáticamente desechada.
III. Una vez concluido el proceso de selección, el Presidente del Consejo Directivo informará de los resultados a todos los participantes que hayan cumplido con requisitos a través de diferentes medios (fijación de cédula en la puerta del Instituto, llamada telefónica, correo electrónico y mediante oficio por escrito).
IV. La designación y toma de protesta de los nuevos consejeros ciudadanos electos que integrarán el Consejo Directivo se llevará a cabo en sesión ordinaria el día 25 de abril del 2023
La presente convocatoria surte efectos a partir del día de su publicación en las páginas oficiales del IMPLAN y del H. Ayuntamiento de Mazatlán.
A TE N TA M E N TE
Mazatlán, Sinaloa a 27 de marzo de 2023
Dra. Leticia Alvarado Fuentes
Secretaría Técnica del Consejo Directivo de 3 Mazatlán y
Directora General del IMPLAN