Incidencias de Suspensión ó Reanudación de Obra

Descripción
Trámite obligatorio para manifestar la suspensión o reanudación de una obra, en un término de tres días a partir de que ocurra, siempre que el plazo de la licencia de construcción este aun vigente, de acuerdo a lo establecido en el articulo 94 del reglamento de construcción.

Requisitos
· Solicitud de suspensión o reanudación de obra, en el formato oficial (original y dos copias)
· Permiso vigente y planos del proyecto autorizado (una copia)
. Inscripción al RFC

Costo
No causa derechos.

Tiempo promedio de respuesta
3 días hábiles, a partir de la fecha de recepción de la documentación requisitada, ( * excepto en obras que de acuerdo a las normas, requieran de la participación de otras dependencias, en cuyo caso será de 30 días hábiles)

Usuario
D.R.O. (Director Responsable de Obra), PROPIETARIO O POSEEDOR, EN SU CASO.

Comprobante
Constancia de suspensión ó de reanudación de obra.

Vigencia
Al término del plazo establecido en la licencia de construcción.

Nota: al vencimiento del plazo de la licencia se debe tramitar licencia nueva.

Fundamentos Legales
Reglamento de construcción para el municipio de Mazatlán, ley de hacienda municipal.

Área donde se realiza
· Suddirección de Dictaminación Urbana y Seguimiento.
· Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano sustentable

Domicilio
Palacio municipal, A. Flores y G. Nelson s/n, Centro.

Teléfonos
982-21-11 y 982-20-60 Ext. 2744

Horario de atención
Lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.